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CuadrantesDía a día

Bolsa de turnos abiertos (huecos por cubrir)

Cómo publicar un turno sin asignar para que las personas elegibles lo soliciten desde su portal y tú lo apruebes, creando el turno automáticamente.

Para qué sirve

Cuando falta gente en el cuadrante (una baja, un pico de trabajo, un refuerzo), hoy el responsable persigue a la plantilla uno a uno por teléfono o WhatsApp. La bolsa de turnos abiertos lo convierte en un flujo trazable y con control: publicas el hueco por cubrir (centro, fecha, franjas y nº de plazas), las personas elegibles de ese centro (y equipo, si lo acotas) lo ven en su portal y lo solicitan, y tú apruebas quién lo cubre. Al aprobar una solicitud se crea su turno automáticamente; cuando se cubren todas las plazas, el hueco se cierra y el resto de solicitudes se rechazan. La autoasignación NUNCA es automática: siempre pasa por tu visto bueno (art. 20 ET). Junto con la disponibilidad (que te avisa si la persona indicó que ese día prefiere no trabajar) y el intercambio entre compañeros, cierra el bucle de autoservicio de turnos.

Cómo se configura

  1. Activa el módulo «Cuadrantes y turnos» (planes Business y Professional).
  2. En Configuración → Módulos, activa «Turnos: bolsa de turnos abiertos». Con la opción desactivada, nada cambia y la bolsa no aparece.

Cómo se usa

  1. En «Cuadrantes», usa «Publicar hueco»: elige centro (y zona/equipo si quieres acotar), fecha, el turno (una plantilla o franjas a medida) y el nº de plazas.
  2. Cada persona elegible ve el hueco en su portal, sección «Huecos disponibles», y lo solicita; puede retirar su solicitud mientras siga pendiente.
  3. Revisas las solicitudes recibidas con el aviso de disponibilidad (si está activada) y el de conflicto (si ya tiene turno ese día, que bloquea la aprobación) y apruebas o rechazas cada una.
  4. Al aprobar, se crea el turno de esa persona y se le avisa; al cubrir todas las plazas, el hueco se cierra solo.

Nota legal

  • La autoasignación es una oferta voluntaria que el trabajador acepta y el responsable aprueba (art. 20 ET, poder de dirección; art. 34.2 ET, distribución); las horas resultantes computan como cualquier jornada a efectos de descansos (art. 34.3 ET) y del registro horario (art. 34.9 ET).

Esta guía es una ayuda de configuración con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Verifica la normativa aplicable y tu convenio con un profesional.

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